REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2005-000993
PARTE ACTORA: JORGE GABRIEL RAMÍREZ HIDALGO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: COMPAÑÍA ANÓNIMA TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANGEL ARGENIS MELENDEZ CARDOZA
MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL
En el día hábil de hoy cuatro (04) de mayo de dos mil seis (2006), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previa distribución le correspondió a este Juzgado celebrar la presente audiencia preliminar; dándose inicio a la misma, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, compareciendo el abogado ANGEL ARGENIS MELENDEZ CARDOZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 111.339, en su carácter de apoderado judicial como se evidencia de instrumento poder que consigna en este acto y que le fuere otorgado el 11 de noviembre de 2005, por ante la Notaría Pública Trigésima Quinta del Municipio Libertador del Distrito Capital, quedando anotado bajo el N° 63, Tomo 116 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
La Juez
La Secretaria
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Gleiber Meza
Apoderado judicial de la parte demandada
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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