REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
EN FUNCION DE PRIMERO DE JUICIO.

Maracay, 30 de Mayo de 2.006.
195º y 147º
CAUSA Nº: 1U-265-04
JUEZA: DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO.-
ACUSADO: HERNANDEZ PEÑA ROBERT JESUS.-
SECRETARIO: ABG. PELLEGRINO MOTTOLA.-
DECISIÓN: SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO.-
__________________________________________________________________

CAPITULO I
IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO:

HERNANDEZ PEÑA ROBERT JESUS, titular de la cédula de identidad N° V- 12.339.507, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 02-02-1962, residenciado en Caña de Azucar, sector 06, apartamento 00-07, Maracay, Edo. Aragua.

CAPITULO II
LOS HECHOS
PRIMERO: Aprecia esta Juzgadora del contenido de las actas procesales, que en fecha 28 de Junio del año 2.004, se realizó la audiencia Oral y Pública en la presente causa, teniendo como resultado, LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del acusado HERNANDEZ PEÑA ROBERT JESUS, por el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, sometiéndose a cumplir a al acusado supra señalado, en el lapso de UN (01) año las siguientes condiciones, 1.- RESIDIR EN EL ESTADO ARAGUA, LUGAR DE SU DOMICILIO. 2. FINALIZAR LA ESCOLARIDAD BÁSICA. 3. PERMANECER EN UN TRABAJO O EMPLEO
SEGUNDO: Observa esta Juzgadora que corre inserto en el folio sesenta y dos (62) de la presente causa, oficio N° 1648/05, emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario del Estado Aragua, donde se hace ver que el acusado de autos durante el lapso estudiado fue responsable y mostró receptividad ante el régimen de prueba, cumpliendo con las presentaciones programadas y consignando los recaudos exigidos en el tiempo oportuno. Con respecto al domicilio mantuvo la dirección especificada en el auto donde se acuerda la suspensión condicional. En el área laboral el acusado supra señalado se desempeña como camillero en calidad de suplente para el Hospital Central de Maracay “José A. Vargas” con sede en Palo Negro Edo. Aragua.
CAPITULO III
LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

En virtud de los hechos antes expuestos, donde se deja manifiesto que el acusado de autos cumplió con las condiciones, así como también de la manifestación del Fiscal Segundo del Ministerio Público del Estado Aragua, en audiencia especial en fecha 26-05-2.006, en la cual informa al Tribunal que el ciudadano ROBERT JESUS HERNANDEZ PEÑA, beneficiado con la medida de SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, cumplió con las condiciones impuestas por este Tribunal, establecido por el lapso de un (01) año, es por lo que esta juzgadora estima pertinente aplicar lo establecido en el artículo 318 Ord. 3° en relación con el artículo 48 Ord. 7° todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por ello lo procedente es que el Juez Decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA. Y así se decide.-


DISPOSITIVA

Sobre la base de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Primero de Juicio, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo expresado en los artículos 318 Ord. 3° en relación al artículo 48 Ord. 7° del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra del ciudadano: ROBERT JESUS HERNANDEZ PEÑA, titular de la cedula de identidad N° 12.339.507, respectivamente. A tal efecto, en virtud de las razonas esgrimidas, este juzgado extingue la acción penal y en consecuencia, acuerda la LIBERTAD PLENA del ciudadano Supra señalado. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Remítase la causa al Archivo Judicial. Diarícese. Cúmplase.-
LA JUEZ

DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO
EL SECRETARIO

ABG. PELLEGRINO MOTTOLA

En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo que antecede.-

EL SECRETARIO

ABG. PELLEGRINO MOTTOLA


CAUSA N° 1U-265-04
RVC/ajlm


























REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 30 de mayo de 2.006
196° y 147°
BOLETA DE NOTIFICACION N°
SE HACE SABER:

Al ciudadano FISCAL SEGUNDO DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO ARAGUA, que este Tribunal en fecha 26 de Mayo de 2.006, en la celebración de audiencia especial, acordó el sobreseimiento de la causa N° 1U-265-04, seguida en contra del acusado ROBERT JESUS HERNANDEZ PEÑA, en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal en un lapso de un años desde que se decreto la suspensión condicional del proceso en fecha 28-06-2.004.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes. Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.-

DIOS Y FEDERACION

DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO
JUEZ PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

DIRECCION: FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO ARAGUA.
FECHA:__________________HORA:________FIRMA:_____________________

RVC/ajlm
CAUSA N° 1U-265-04

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 30 de mayo de 2.006
196° y 147°
BOLETA DE NOTIFICACION N°
SE HACE SABER:

Al ciudadano ABG. MARIEL RODRIGUEZ, DEFENSOR PUBLICO ADSCRITO A LA DEFENSA PUBLICA DEL ESTADO ARAGUA, que este Tribunal en fecha 26 de Mayo de 2.006, en la celebración de audiencia especial, acordó el sobreseimiento de la causa N° 1U-265-04, seguida en contra de los acusado ROBERT JESUS HERNANDEZ PEÑA, en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal en un lapso de un años desde que se decreto la suspensión condicional del proceso en fecha 28-06-2.004.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes. Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.-

DIOS Y FEDERACION

DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO
JUEZ PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

DIRECCION: DEFENSORIA PUBLICA DEL ESTADO ARAGUA.
FECHA:__________________HORA:________FIRMA:_____________________

RVC/ajlm
CAUSA N° 1U-265-04


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 30 de Mayo de 2006
195° y 147°



En virtud que en la presente causa se acordó el sobreseimiento de la causa seguida contra del acusado ROBERT JESUS HERNANDEZ PEÑA, titular de la cedula de identidad 12.339.507, es por lo que este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial del Estado Aragua acuerda remitir la causa a la Oficina del Archivo Central de este Circuito Judicial. Désele salida. Ofíciese. Cúmplase.

LA JUEZA

DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO

EL SECRETARIO,


ABG. PELLEGRINO MOTTOLA

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que se antecede.-
EL SECRETARIO,


ABG. PELLEGRINO MOTTOLA


RVC/ajlm
CAUSA N° 1U-265-04



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 30 de Mayo de 2006
196° y 147°


OFICIO N°:
CIUDADANO:
JEFE DEL ARCHIVO CENTRAL DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
SU DESPACHO.-


Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, CAUSA N° 1U-265-04, constante de una (01) pieza.

Remisión que se le hace a los fines de su cuido y resguardo.-

DIOS Y FEDERACION

DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO
JUEZA PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

CAUSA N° 1U-265-04
RVC/ajlm