REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
EN FUNCION DE PRIMERO DE JUICIO.

Maracay, 31 de Mayo de 2.006.
196º y 147º
CAUSA Nº: 1U-353-05
JUEZA: DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO.-
ACUSADO: AGUIRRE GUDIÑO JAMIR LUIS
SECRETARIO: ABG. PELLEGRINO MOTTOLA.-
DECISIÓN: SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO.-
__________________________________________________________________

CAPITULO I
IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO:

AGUIRRE GUDIÑO JAMIR LUIS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.319.386, venezolano, mayor de edad, residenciado en Samán de Güere, calle principal, casa N° 32 el barrio 12 de Octubre, calle socorro, casa N° 03, Edo. Aragua.

CAPITULO II
LOS HECHOS
PRIMERO: Aprecia esta Juzgadora del contenido de las actas procesales, que en fecha 27 de Julio del año 2.005, se realizó la audiencia conciliatoria en la presente causa, teniendo como resultado, LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del acusado AGUIRRE GUDIÑO JAMIR LUIS, por el delito de DIFAMACION, previsto y sancionado en el 444 del Código Penal, sometiéndose a cumplir a al acusado supra señalado, en el lapso de Tres (03) meses las siguientes condiciones, 1.- Prohibición de acercarse a la victima, ciudadano Ayala Taylor Jhonny Alberto. 2.- Prohibición de acercarse al lugar donde ocurrieron los hechos. 3.- Prohibición de portar armas de fuego.
SEGUNDO: Observa esta Juzgadora que corre inserto en el folio sesenta y nueve (69) de la presente causa, constancia de finalización, emanada de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario del Estado Aragua, donde se deja constancia que el ciudadano AGUIRRE GUDIÑO JAMIR LUIS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.319.386, finalizó en fecha 04-01-2.006 el régimen de prueba por cumplimiento del lapso impuesto como consecuencia de la suspensión condicional del proceso.
CAPITULO III
LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
En virtud de los hechos antes expuestos, donde se deja manifiesto que el acusado de autos cumplió con las condiciones, así como también de la manifestación del defensor público Abg. Cesar Tovar, en audiencia especial en fecha 24-05-06, en la cual informa al Tribunal que el ciudadano AGUIRRE GUDIÑO LUIS, acusado de la presunta comisión del delito de Difamación previsto y sancionado en el artículo 444 del Código Penal, beneficiado con las medida de SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, cumplió con las condiciones impuestas por este Tribunal, establecido por el lapso de cuatro (04) meses, es por lo que esta juzgadora estima pertinente aplicar lo establecido en el artículo 318 Ord. 3° en relación con el artículo 48 Ord. 7° todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por ello lo procedente es que el Juez Decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo expresado en los artículos 318 Ord. 1° Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.-

DISPOSITIVA
Sobre la base de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Primero de Juicio, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo expresado en los artículos 318 Ord. 1° en relación al artículo 48 Ord. 7° del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra del ciudadano: AGUIRRE GUDIÑO JAMIR LUIS, titular de la cedula de identidad N° 14.319.386, acusado por la presunta comisión del delito de Difamación previsto y sancionado en el artículo 444 del Código Penal. A tal efecto, en virtud de las razonas esgrimidas, este juzgado por mandato de Ley declara extinguida la acción penal de pleno derecho y en consecuencia, acuerda la LIBERTAD PLENA del ciudadano Supra señalado. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Remítase la causa al Archivo Judicial. Diarícese. Cúmplase.-
LA JUEZ

DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO

EL SECRETARIO

ABG. PELLEGRINO MOTTOLA



CAUSA N° 1U-353-04
RVC/ajlm






























REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 02 de Junio de 2.006
196° y 147°
BOLETA DE NOTIFICACION N°
SE HACE SABER:

Al ciudadano Abg. BEATRIZ CAMPOS CARTAYA, en su carácter de abogados querellantes, que este Tribunal en fecha 24 de Mayo de 2.006, en la celebración de audiencia especial, acordó el sobreseimiento de la causa N° 1U-353-05, seguida en contra del acusado AGUIRRE GUDIÑO JAMIR LUIS, en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal en un lapso de cuatro meses desde que se decreto la suspensión condicional del proceso en fecha 27-07-2.005.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes. Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.-

DIOS Y FEDERACION

DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO
JUEZ PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

DIRECCION: Edificio Torre del centro piso 8°, oficina N° 804, calle López Aveledo sur, Maracay Edo. Aragua.
FECHA:__________________HORA:________FIRMA:_____________________

RVC/ajlm
CAUSA N° 1U-353-05

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 02 de Junio de 2.006
196° y 147°
BOLETA DE NOTIFICACION N°
SE HACE SABER:

Al ciudadano ABG. Cesar Tovar, DEFENSOR PUBLICO ADSCRITO A LA DEFENSA PUBLICA DEL ESTADO ARAGUA, que este Tribunal en fecha 24 de Mayo de 2.006, en la celebración de audiencia especial, acordó el sobreseimiento de la causa N° 1U-353-05, seguida en contra de los acusado AGUIRRE GUDIÑO JAMIR LUIS, en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal en un lapso de un años desde que se decreto la suspensión condicional del proceso en fecha 27-07-2.005.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes. Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.-

DIOS Y FEDERACION

DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO
JUEZ PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

DIRECCION: DEFENSORIA PUBLICA DEL ESTADO ARAGUA.
FECHA:__________________HORA:________FIRMA:_____________________

RVC/ajlm
CAUSA N° 1U-241-04


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 30 de Mayo de 2006
195° y 147°



En virtud que en la presente causa se acordó el sobreseimiento de la causa seguida contra del acusado AGUIRRE GUDIÑO JAMIR LUIS, titular de la cedula de identidad 14.319.386, es por lo que este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial del Estado Aragua acuerda remitir la causa a la Oficina del Archivo Central de este Circuito Judicial. Désele salida. Ofíciese. Cúmplase.

LA JUEZA

DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO

EL SECRETARIO,


ABG. PELLEGRINO MOTTOLA

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que se antecede.-
EL SECRETARIO,


ABG. PELLEGRINO MOTTOLA


RVC/ajlm
CAUSA N° 1U-353-05




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 31 de Mayo de 2006
196° y 147°


OFICIO N°:
CIUDADANO:
JEFE DEL ARCHIVO CENTRAL DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
SU DESPACHO.-


Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, CAUSA N° 1U-353-05, constante de una (01) pieza.

Remisión que se le hace a los fines de su cuido y resguardo.-

DIOS Y FEDERACION

DRA. ROSA DEL VALLE CARREÑO
JUEZA PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA

CAUSA N° 1U-353-05
RVC/ajlm