Visto el escrito presentado ante este Tribunal procedente del Centro de Tratamiento Comunitario Dr. F.S. Angulo Ariza de esta ciudad, suscrito por el Director (E) de esa Institución, Abogado ABEL JIMÉNEZ PIÑERO, y por los Delegados de Prueba Abogados HÉCTOR OSORIO, EDWARD LAYA y el T.S JOSÉ MUSSETT, donde postulan a un Permiso Especial de Supervisión del Beneficio de Régimen Abierto a favor del penado BENITO ALEXANDER GOMEZ PALMA, titular de la cédula de identidad número V-14.104.565.
El Tribunal para decidir sobre la petición observa que el penado: BENITO ALEXANDER GOMEZ PALMA, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.104.565, fue condenado por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 09-02-01, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el Articulo 407 del Código Penal con las agravantes genéricas establecidas en el articulo 77 ordinal 5 Ejusdem. Posteriormente este Tribunal en fecha 16-06-2004, acordó a favor del penado supra-mencionado el Beneficio de Régimen Abierto, por lo que actualmente se encuentra como residente en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. F.S. Angulo Ariza de esta ciudad y durante su permanencia en dicho centro ha demostrado una evolución conductual aceptable y un resultado positivo en las distintas áreas que son evaluadas de manera integral, según se desprende del contenido del oficio número 462-06 y del informe conductual que se insertan a los folios (34), (35), (36), (37) y (38) de la respectiva causa, así mismo en su contenido indica que el residente ha tenido una evolución progresiva en esta formula alterna de cumplimiento de condena, con resultados favorables en la áreas que son avaluadas. Cuenta con gran apoyo integral de sus familiares y pareja, además ha demostrado con su actitud su necesidad de adoptar un modelo de comportamiento conforme a las exigencias sociales, aunado a su buen sentido de responsabilidad en los compromisos asumidos, desde su ingreso ha demostrado disposición en materia laboral, ha demostrado espíritu de trabajo y disposición a la actividad productiva, se destaca el interés que ha demostrado en mantenerse en una actividad que le genere ingresos. El informe además refleja a un joven con una personalidad que tiende más a la introversión, sin embargo tiene buenas destrezas para comunicarse asertivamente y para interrelacionarse con terceros. Tiene buena capacidad para acatar normas y lineamientos en términos aceptables. Su presentación personal denota que el residente cuida su imagen, además de tener buenos hábitos higiénicos. Su discurso es reflexivo y de autocrítica, admitiendo su impulsividad que ha aprendido a canalizar, porque ha tenido interés en superar este aspecto que se presentaba en principio como un factor de deficiencia en su evolución. Se plantea metas de factible ejecución, a si mismo se desprende de las exposiciones que realiza durante las entrevistas que su visión de futuro está orientada a su superación. Su léxico y movimientos gestuales no están contaminados del tiempo que estuvo en reclusión. Se dirige en actitud respetuosa a la figura de autoridad. En el ámbito afectivo desde su ingreso ha tenido buen apoyo familiar primario especialmente de su progenitora, en las visitas que se realizaron a la vivienda de su madre se pudo observar un ambiente cálido y armonioso y principalmente se obtuvo información de que están establecidas normas claras y precisas que es importante al constituir éstas un factor de contención en la conducta del residente; con respecto a la relación de pareja el residente mantiene una vinculación afectiva de tres años de noviazgo y un año compartiendo concubinato, en la vivienda se pudo observar buen orden y limpieza general con los implementos necesarios para lograr la independencia familiar, indicando su concubina su disposición en apoyarle e incentivarlo a proseguir con responsabilidad sus obligaciones con la medida de prelibertad. Además manifiesta no tener problemas de salud, niega el consumo de drogas y no ser adictos a la ingesta de alcohol. En el ámbito educativo el residente es bachiller y ha expresado su interés en cursar estudios de enfermería, indicando tener vocación por esta área, debido a que durante su permanencia en reclusión adquirió conocimientos y destrezas en el departamento de Enfermería. Por su contenido se postula al penado supra mencionado para que se le acuerde en su favor Permiso de Supervisión Especial con pernota en su lugar de residencia y supervisión permanente por parte del Centro Comunitario en cuestión y el Delegado de Prueba con información permanente al Juez del Tribunal.