EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
Sede: Civil
Maracay 16 de Mayo de 2006
197° y 146°


SOLICITANTE: HAIRA ROMÁN PÉREZ


MOTIVO: RECTIFICACIÓN ACTA DE NACIMIENTO

EXPEDIENTE 11330

Revisada como ha sido el libelo de la solicitud que por rectificación de acta de nacimiento han intentado por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Estado Aragua, la ciudadana HAIRA ROMÁN PÉREZ y por cuanto observa quien decide, que la partida de nacimiento que se pretende rectificar fue insertada o presentada en la Prefectura del Municipio Taguay, hay Parroquia Taguay Municipio Urdaneta del Estado Aragua., este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua de conformidad con la Resolución 486, de fecha 4 de Julio de 1.990, del Extinto Consejo de la Judicatura que reza:

“ (...) Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. tendrá competencia territorial en materia civil y mercantil de la citada Circunscripción con excepción de los Distritos Zamora, Ricaurte, San Casimiro y Urdaneta del Estado Aragua y en materia Agraria en todo el Territorio de la Circunscripción Judicial(...)” (Subrayado y negrilla del Tribunal) .

Es por lo que se declara INCOMPETENTE, para conocer de la presente pretensión de conformidad con lo resolución supra señalada y en consecuencia declina la competencia al Juzgado Primero o Segundo de Primero Instancia del Estado Aragua.. a los efectos remítase el presente expediente con oficio al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Aragua, a los fines de su Distribución. Respectiva.

EL JUEZ,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ
RCP /bes
EXP.N° 11330
En esta misma fecha se libró oficio remitiendo expediente al juzgado distribuidor
El secretario