EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
Sede: Civil
Maracay 16 de Mayo de 2006
197° y 146°
DEMANDANTE: IRMA OLIVIA ESCALONA SARMIENTO,
MOTIVO: ACCIÓN MERO DECLARATIVA
EXPEDIENTE 11343
Revisada como ha sido el libelo de demanda que por acción mero declarativa ha intentado por ante este Tribunal la ciudadana IRMA OLIVIA ESCALONA SARMIENTO, y por cuanto observa quien decide que el ultimo domicilio del causante, así como el establecimiento de los hechos fue establecido en San Casimiro del Estado Aragua del Estado Aragua, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua de conformidad con la Resolución 486, de fecha 4 de Julio de 1.990, del Extinto Consejo de la Judicatura que reza:
“ (...) Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. tendrá competencia territorial en materia civil y mercantil de la citada Circunscripción con excepción de los Distritos Zamora, Ricaurte, San Casimiro y Urdaneta del Estado Aragua y en materia Agraria en todo el Territorio de la Circunscripción Judicial(...)” (Subrayado y negrilla del Tribunal) .
se declara INCOMPETENTE, para conocer de la presente pretensión de conformidad con lo resolución supra señalada y en consecuencia declina la competencia al Juzgado Primero o Segundo de Primero Instancia del Estado Aragua.. a los efectos remítase el presente expediente con oficio al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Aragua , a los fines de su Distribución. Respectiva.
EL JUEZ,
ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ
RCP /bes
EXP.N° 11343
En esta misma fecha se libró oficio remitiendo expediente al juzgado distribuidor
El secretario
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