EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay 26 de Mayo de 2006
196° y 147°

DEMANDANTE: BANESCO BANCO UNIVERSAL

DEMANDADA: ANDRÉS BARROSO LEIRA

MOTIVO: EJECUCIÓN DE HIPOTECA

EXP: 9894

Vista la diligencia presentada en fecha 20 de Abril de 2006 y ratificada el 10 de Mayo de 2006, por la Abogado en ejercicio INGRID MIGNECO BLANCO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 22198, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., y su anexo, mediante la cual desiste de la acción en los siguientes términos:

“(...) ratifico mi diligencia de fecha 20 de Abril de 20006 desasistiendo del proceso y de la acción es todo. (…)”

Este Tribunal por cuanto observa que el apoderado Judicial de la parte ACTORA tiene facultad expresa para desistir conforme se desprende del instrumento poder que riela en copia certificada en el expediente al folio 14 al 19 y siguientes, así como a su debida autorización la cual fue consignada por el solicitante como anexo a la diligencia supra mencionada mediante la cual desiste del procedimiento cumpliendo las exigencia establecidas en el articulo 154 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que de conformidad con lo señalado en el artículo 263 da por consumado el desistimiento y le imparte su homologación en consecuencia levanta la Medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada el 30 DE Abril de 2004, y la cual recayó sobre el inmueble objeto de la acción constituido por un apartamento distinguido con el Nro. 0212 del Edificio 6C que forma parte del Conjunto 06 primera Etapa del desarrollo Residencial Santa Cruz ubicado en la carretera Santa Cruz Cagua, Finca los tanques jurisdicción del hoy d Municipio Lamas del Estado Aragua cuyos linderos y medidas consta en autos Ofíciese lo conducente al registrador respectivo. Así mismo previa devolución de originales y del oficio ordenado, se ordena el archivo del presente expediente.

EL JUEZ
ABG, RAMÓN CAMACARO PARRA


El SECRETARIO

ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ

RCP/bes
EXP Nro. 9894