EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 30 de Mayo de 2006
196” y 146°

DEMANDANTE: PEDRO GILDARDO MENDOZA

DEMANDADO: CARLOS DIMAS ARIAS DELGADO Y OTROS

MOTIVO: DESALOJO
(APELACIÓN)

EXP: 11020

Vistas las actuaciones que subieron con motivo de la apelación interpuesta por la parte demandada contra la Decisión dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua en fecha 17 de Noviembre de 2005, la cual declaro sin lugar la demanda de DESALOJO, incoado por PEDRO GILDARDO MENDOZA, contra CARLOS DIMAS ARIAS DELGADO Y OTROS, específicamente la diligencia que antecede de fecha 23 de Mayo de 2006, suscrita por el apoderado Judicial de la parte actora Abogado ARCENIO TOVAR, inscrito en el inpreabogado bajo el nro.73.333, , en la cual desiste de la apelación en los siguientes términos:

“(...) desisto de la apelación intentada la cual corre a los folios 86 del presente expediente (...)”

Este Tribunal por cuanto observa que el abogado en ejercicio ARCENIO TOVAR, supra identificado, esta legitimado para desistir de la apelación, declara la extinción del procedimiento en esta segunda instancia y en consecuencia ordena remitir el presente expediente a su tribunal de origen. Librese oficio.-

EL JUEZ,

ABG, RAMÓN CAMACARO PARRA


El SECRETARIO

ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ

RCP/bes
EXP Nro 11020