Por la razones anteriormente expuestas este Jusgado Tercero de Primer Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circuncripcion Judicial de Esatdo Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por La Autoridad de la Ley. Declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÒN DE DESALOJO por insolvencia en el pago de pensiones de arrendamiento intentada por la demandante de autos, ciudadana Maria Josefa Cabeza en contra de Maribel Garcia Colmenares, identificadas en autos. En consecuencia se ordena la entrega del inmueble objeto de litigio, libre de personas y bienes.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisiòn dictada en fecha 10 de Septiembrede 2.003 por el Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fall.
CUARTO: Notifiquese a las partes de la presente decisiòn, de conformidad con lo establecido en el articulo 233 del Còdigo de Procedimiento Civil, y bàjese en la oportunidad correspondiente al Tribunal a quo.
Plubliquese y Regìstrese. Notifiquese de la presente decisiòn.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circuncripciòn Judicial del Esatdo Aragua, Maracay, a los 30 dias del mes de Mayo del año Dos Mil Seis.
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