REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, TRANSITO, Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

SENTENCIA: EXTINCIÒN DEL PROCESO
EXPEDIENTE N° 04-12.652
MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO
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PARTE ACTORA: PATRICIA URBINA OLIVARES, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.608.525.

APODERADA DE LA PARTE ACTORA: MARCOS ANTONIO SCALA URDANETA., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.936.

PARTE DEMANDADA: YSMAEL LENIN BRANDT CASTILLO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.864.482.

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman al expediente, se constata lo siguiente:
El Tribunal observa al efecto, que en la oportunidad legal para que tenga lugar el Acto de la Contestación de la Demanda, la parte actora en el presente proceso no hizo acto de presencia ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que considera necesario la aplicación del Artículo 758 del Código de Procedimiento Civil que textualmente expresa: Sic “ La falta de comparecencia del demandante al acto de contestación de la demanda causara la extinción del proceso y la del demandado se estimara como contradicción de la demanda en todas sus partes”.

Con fundamento en tal dispositivo Legal, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, son sede en Cagua, declara EXTINGUIDO el Presente Procedimiento, y así se decide.

Dado, firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Cagua, a los Diez y siete (17) días del mes de mayo de dos mil seis (2.006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO

Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA

EL SECRETARIO

ABG. CAMILO CHACON HERRERA

En la misma fecha, previsto el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior Sentencia, siendo las 10:30 am.
EL SECRETARIO
Expediente 05-12652
EPT/cechh/jbgm.-