REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Cagua, 19 de Mayo de 2006
196° y 147°

Vista la diligencia de fecha 25 de Abril de 2006, presentado por la Dra. NORELYS GONZALEZ, Inpreabogado Nº 27.393, parte Actora. y la Dra. OMAIRA LIMPIO BOLIVAR, Inpreabogado Nº 72.024, actuando en nombre y representación de la parte Demandada Empresa PRAXAIR VENEZUELA, mediante el cual CONVIENEN, en el presente juicio por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS. En consecuencia este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA en los términos y condiciones expuestos por las partes en el convenimiento celebrado y ordena proceder con carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada.
EL JUEZ PROVISORIO

Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA


EL SECRETARIO


Abg. CAMILO CHACON HERRERA


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO





EXPTE N° 01-9818
EPT/cchh/ym