REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIODE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN CAGUA
Cagua, 24 de Mayo de 2006
196° y 147°
Vista la anterior diligencia de fecha 22 de Mayo del presente año, suscrita por JORGE LUIS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.325.329, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.385, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos CARMEN YOLANDA DE DELGADO y JOSE MIGUEL DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.565.237 y V-3.684.221 respectivamente, por una parte y por la otra la Abogada MAGALY TORRES ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.493, actuando como Apoderada Judicial del ciudadano LUCAS PEROZO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-7.668.769, parte Demandada, mediante el cual celebran TRANSACCIÓN en el presente Juicio de RESOLUCION DE CONTRATO. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos por las partes, y ordena proceder con el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO,
ABG. CAMILO CHACON HERRERA
EXP. N° 05-12828
Berlix
|
|