REPUBLICA BOLIVARIAN DE VENZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FELIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE L CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA, 22 de mayo de 2006.
AÑOS: 195° Y 146°
Se inicia la presente solicitud efectuada por la ciudadana LESBIA BELÉN BELLO de LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 2.028.171, debidamente asistida en este acto por el abogado ALEJANDRO PUCCINI MIRANDA, inpreabogado N° 15.105, solicitando la citación del ciudadano: ENRIQUE FRANCISCO RANGEL RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.373.926, de este domicilio, a los fines de que reconociera en su contenido y firma un instrumento privado, que acompañó a dicho escrito, cursante al folio 02 de la presente solicitud (folios 01 y 02).-
Al folio 03, consta que este Tribunal por auto expreso de fecha 25 de abril de 2006, admitió la referida solicitud, ordenando la citación del ciudadano: ENRIQUE FRANCISCO RANGEL RODRÍGUEZ, para el Segundo (2do) día de Despacho siguiente que conste en autos su citación, a los fines indicados.-
Al folio 05 y 06, consta diligencia del Alguacil de este Juzgado, donde consigna boleta debidamente firmada por el demandado.-
Consta al folio 07, que siendo el día y la hora fijada por este Tribunal, para la comparecencia del ciudadano: ENRIQUE FRANCISCO RANGEL RODRÍGUEZ, el mismo expuso:
“…Si reconozco el documento en su contenido total y es mía la firma que la suscribe…” Omisis.-
Siendo la oportunidad para resolver conforme a los artículos 1364 del Código Civil y 450 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal lo hace con base a las siguientes consideraciones:
En el presente caso, como ha quedado dicho, cumplidos los trámites de la citación personal, el Tribunal observa que, consta en autos la comparecencia de la parte demandada, reconociendo el documento y la firma, motivo por el cual y con fundamento en la mencionada disposición es forzoso concluir que ha quedado reconocido el instrumento. Y así se declara y decide.
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