REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ANGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CAGUA
Cagua, Doce (12) de Mayo de 2.006.
195º y 146º
EXPEDIENTE: 3484-04.-
PARTE ACTORA: GERVIN JOSÉ ALVAREZ BRIZUELA.-
PARTE DEMANDADA: JIMI JOSÉ GONZALEZ TOLEDO.-
MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO.-
Se dio inicio al presente juicio por libelo de demanda presentado por el ciudadano Gervin José Álvarez Brizuela, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.665.354, debidamente asistido por la Abogado en ejercicio: Eddy Peña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.244, el cual demandó al ciudadano Jimi José González Toledo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.738.217 y de este domicilio, fue admitida por este Tribunal en fecha 14 de Junio de 2.004 y se ordenó la citación del demandado, para que dentro del lapso de Ley, de contestación a la demanda, librándose la respectiva Boleta de Citación.- En fecha 15-07-04, el ciudadano Gervin José Álvarez Brizuela, otorga poder apud-acta a la Abogado Eddy Peña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.244, la secretaria de este Juzgado certifica que la actuación fue celebrada en su presencia.- La Apoderada Judicial de la parte actora diligenció solicitando se le expida copia certificada del poder apud-acta, acordándolo el Tribunal mediante auto de fecha 19 de Julio de 2004.-
En fecha 17 de Diciembre de 2005 la Apoderada Judicial de la parte actora solicitó el avocamiento de la Juez Suplente Especial Ana Cristina Iciarte, la cual se avocó al conocimiento de la presente causa el día 18-01-2005.- El Alguacil de este Tribunal diligencio en fecha 20-01-2005 consignando Boleta de Citación del Demandado por cuanto le fue imposible localizarlo en la dirección suministrada.- La parte actora solicitó mediante diligencia de fecha 10 de febrero de 2005, la citación por carteles de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.-
El día 21 de febrero de 2005 El Juez Provisorio de este Juzgado se reincorpora a sus labores habituales por cuanto culminó el periodo vacacional que se encontraba disfrutando, y en la misma fecha se dictó auto acordando la citación por carteles solicitada, librándose los respectivos carteles.- En fecha 18 de Abril de 2.006 la Juez Suplente Especial Abogada Maira Ziems Cortez se avocó al conocimiento de la presente causa, concediéndole a la parte actora un lapso de tres días de Despacho para que ejerza el derecho de recusar.-
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