REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-


Maracay, 31 de mayo de 2006
196º y 147º



Vista la diligencia suscrita en fecha 31 de mayo de 2006, mediante la cual, los abogados ANA JAQUELINE VÁSQUEZ y MANUEL RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderada judiciales de la parte actora y demandada respectivamente; declaran que desiste del Recurso de Casación anunciado en diligencia suscrita en fecha 22 y 23 de mayo de 2006 respectivamente, las cuales corre inserta a los folio 456 y 458, contra la sentencia dictada en fecha 18 de mayo del presente año y por cuanto se observa que mediante auto dictado en fecha 30 de mayo de 2006, se ordenó la remisión del presente expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, es por lo que este Juzgado en consecuencia ordena PRIMERO: Se HOMOLOGA el desistimiento del recurso de Casación anunciado por ambas partes. SEGUNDO: Se DEJA SIN EFECTO el auto de fecha 30/05/2006, mediante el cual se admitió el recurso de casación anunciado por la parte actor y se ordenó la remisión del presente expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

El Juez Superior,

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JOHN HAMZE SOSA

La Secretaria,

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LISENKA TERESA CASTILLO



En esta misma fecha, siendo 3:00 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia.


La Secretaria,


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LISENKA TERESA CASTILLO


Exp. No. 15.491.
JH/ltc.