Visto el expediente del juicio por motivo de PRESTACIONES SOCIALES , seguido por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo del Estado Aragua (Suprimido), incoado por EDUARDO MORENO LOPEZ, Cédula de Identidad Nro. 7.201.270, en contra de “TALLER VEROES, C.A.”, de fecha 28 de Enero del 2003, signado bajo el Nro 10765-03, contentivo de 79 folios útiles. En consecuencia, a los fines de proveer quien suscribe, Abog. VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ, en mi condición de Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, según Resolución Nro. 2003-0271, emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 27 de Octubre del 2003, observa lo siguiente:

Enterada de las Actas procésales, vistas y estudiadas éstas, observa este Tribunal que la presente causa se encuentra PARALIZADA en etapa de EJECUCIÒN DE LA SENTENCIA, ya que del expediente se evidencia que en fecha 03 de Diciembre del 2004, fue la ultima actuación de la parte actora.-