REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 17 de mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO: DP11-L-2006-000364



PARTE ACTORA: GIOCONDA COLMENARES titular de la cédula de identidad No. 5.670.145

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OMAR FUMERO DIAZ abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 67.414


PARTE DEMANDADA: CORPOSALUD

APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: ARMINDA DEL V CASTILLO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 48.897


MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, 17 de mayo de 2006, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, mediante su Apoderada Judicial Abogada ARMINDA DEL V CASTILLO, Inscrita en el Inpreabogado bajo los No. 46.981, tal y como consta en Instrumento Poder que en original fue presentado a efectus videndi y consigna copia simple del mismo, el cual se agrega a los autos constante de TRES (03) folios útiles, el cual se ordena agregarlo a los autos. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de Apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

LA JUEZ,

DRA. MARIA ELENA BRAVO RICO.



EL SECRETARIO,



Dr. ARTURO CALDERON