En el día de hoy, siendo las 03:00 p.m., comparecen los abogados antes identificados, a objeto de adelantar la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar. La ciudadana Juez declaró abierto el acto dejándose constancia de que la mediación arrojo resultados positivos alcanzándose acuerdo entre las partes, quienes haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos y de la función mediadora desarrollada por este Despacho deciden conciliar el presente asunto, conforme lo establece el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo acorde con los Artículos 9 y 10 del Reglamento de dicha Ley y con el Artículo 1.713 y siguientes del Código Civil y lo hacen en los términos siguientes: En este estado la representación de la parte demandada expone: Con ocasión de celebrar un contrato de transacción de conformidad con la normativa constitucional, legal y reglamentaria vigente, ofrezco el pago de la cantidad de SEIS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 6.000.000,00) a ser pagados de la siguiente forma: PRIMERO: UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00) que se entrega en este mismo acto en cheque emitido contra el Banco Provincial, Nro. 00000584, cuenta corriente Nro. 0108-0081-18-0100166978, de fecha 23 de mayo de 2006 a favor del accionante. SEGUNDO: UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00) que se entregarán el 15 de junio de 2006 por ante la U.R.D.D. de este Circuito Judicial Laboral en horas de despacho. TERCERO: UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00) que se entregarán el 17 de julio 2006 por ante la U.R.D.D. de este Circuito Judicial Laboral en horas de despacho. CUARTO: UN MILLÓN QUINIENTOS MIL DE BOLÍVARES (Bs. 1.500.000,00) que se entregarán el 14 de agosto de 2006 por ante la U.R.D.D. de este Circuito Judicial Laboral en horas de despacho y QUINTO: UN MILLÓN QUINIENTOS MIL DE BOLÍVARES (Bs. 1.500.000,00) que se entregarán el 18 de septiembre de 2006 por ante la U.R.D.D. de este Circuito Judicial Laboral en horas de despacho. El ofrecimiento antes planteado abarca todos y cada uno de los conceptos demandados, esto es, prestación de antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales, vacaciones y bono vacacional vencidas y fraccionadas, utilidades vencidas y fraccionadas, horas extras y feriados trabajados. En este estado, la representación de la actora, anteriormente identificada, manifiesta libre de constreñimiento alguno, que acepta el ofrecimiento formulado en este acto por la parte demandada en los términos y condiciones anteriormente expuestos, declarando que nada se le adeuda por los conceptos aquí demandados, ni por ningún otro, derivado de la relación de trabajo que existió entre las partes. En tal sentido y visto el acuerdo alcanzado entre las partes, se deja constancia que en este acto le son entregadas a estas, los escritos de promoción de pruebas y sus anexos consignados al inicio de la Audiencia Preliminar y se declara concluida la misma.
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