JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTISIETE DE NOVIEMBRE ABRIL DEL DOS MIL SEIS.-
196º Y 147º
Vista la anterior solicitud de PARTICION AMISTOSA, presentada por los ciudadanos MARLEN FORERO FORERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.395.436, Abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado 39021, en su carácter de Apoderada judicial del ciudadano JESUS RAFAEL OSORIO REVETTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.405.160 y por la otra parte la ciudadana MAGGLORIS YUDITH BRITO JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.397.448 debidamente asistida por la Abogada MARILUISA LOPEZ BRITO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.014.235, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 114.474 mediante el cual disuelven la comunidad conyugal de bienes en virtud de haberse dictado sentencia definitiva de divorcio emitida por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en fecha 14 de Abril de 2005 y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, se le da entrada hagase las anotaciones en el libro de solicitud y es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologación a dicho acto en todas y cada una de sus partes y en los términos acordados por los contendientes. De igual manera líbrese los siguientes oficios al Ministerio de Educación y Deportes en la ciudad de Caracas: 1.- Al departamento de Prestaciones Sociales con atención a la Lic. Elvira Correa; 2.- A la Oficina de Personal. Dirección de egresos (División de Prestaciones Sociales); 3.- Al departamento Legal o Jurídico y por ultimo al Departamento de Crédito Hipotecario del IPASME en la ciudad de Caracas.
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA.
Exp. 5337
Mbrs
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