ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-003029
PARTE ACTORA: OGILBY ELIECER ANTONIONI PADRON
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITADO
PARTE DEMANDADA: CONSORCIO ALISET
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ARMANDO JOSE BONALDE GARCIA
APODERADO DE LA DEMANDADA: ENRIQUE GUANIPA ACOSTA
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy veintiuno (21) de noviembre de dos mil seis (2006), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora OGILBY ELIECER ANTONIONI PADRON no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, compareciendo sólo la parte demandada CONSORCIO ALISET a través de su apoderado ENRIQUE GUANIPA ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.119.886 asistido del abogado en ejercicio ARMANDO JOSE BONALDE GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° 3.711.404 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 51.843, carácter que consta de documento poder que se presenta en original y copia simple constante de dos (02) folios útiles que se coteja con su original y se ordena agregar a los autos a los fines legales consiguientes, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con la excepción establecida en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Jueza Titular
El Secretario
Abg. Judith González
Abg. Sergio Alejandro García
El apoderado de la demandada y su abogado asistente
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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