ACTA
EXPEDIENTE N°: AP21-S-2006-002640.
PARTE ACTORA: MARIA EMPERATRIZ SALAZAR.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO.
PARTE DEMANDADA: PRC 333, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SORAYA VALERO GARCIA, MARIA WALESKA GARAGORRY, y OTROS.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.-

Hoy, catorce (14) de noviembre de 2006, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se anunció el presente acto en la sala de espera del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y comparecieron por ante éste Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la abogada, MARIA WALESKA GARAGORRY, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 40.400, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, PRC 333, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N°53, Tomo 368-A-Qto, de fecha 24 de noviembre de 2006, tal y como se evidencia del instrumento poder que en original y constante de dos (2) folios útiles, presenta ad efectum videndi. Seguidamente el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora a la audiencia, ciudadana MARIA EMPERATRIZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad, de profesión abogada, titular de la cédula de identidad N° V-17.286.981, de este domicilio, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno; en virtud de lo cual de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196 ° y 147°.
La Juez,


Abog. Jhacnini Torres,


La Apoderada Judicial de la Demandada.


El Secretario,


Alejandro Boscán


“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”