REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés (23) de noviembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º
EXPEDIENTE N°: AP21-L-2006-003949.
PARTE ACTORA: ROSA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.012.250, de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOAN GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 104.486.
PARTE DEMANDADA: CAFETÍN MARIA MENDOZA, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-
Inicia el presente procedimiento, por cobro de prestaciones sociales, interpuesto por la ciudadana ROSA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.012.250, de este domicilio, en fecha 20 de septiembre de 2006; la cual una vez distribuida, conforme al Sistema Juris 2000, establecido a tales efectos, fue admitida por el Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 25 de septiembre de 2006; quién en el auto respectivo ordenó mediante cartel, la notificación de la demandada CAFETIN MARIA MENDOZA, C.A., en la persona del ciudadano ALEXIS ALEJANDRO DUARTE, en su carácter de Presidente, a fin de que compareciera a la audiencia preliminar. En esa misma fecha se libró cartel de notificación a la demandada.
Practicada la notificación de la demandada, en fecha 16 de octubre de 2006, por el Alguacil del Tribunal, ciudadano HECTOR RODRIGUEZ, en los términos señalados en la diligencia de fecha 18 de octubre de 2006, la cual riela al folio 13; y certificado dicho acto por el Secretario del Tribunal, en fecha 9 de noviembre de 2006, tuvo lugar la audiencia preliminar, hoy veintitrés (23) de noviembre de 2006, a las 10:00 a.m., y posterior al anuncio del acto por el Alguacil del Tribunal, se dejó constancia de la incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ciudadana ROSA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.012.250, de este domicilio, y de la parte demandada, sociedad mercantil CAFETIN MARIA MENDOZA, C.A., ni por sí ni por medio de apoderados judiciales alguno.
Por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196 ° y 147°.
La Juez El Secretario
Abog. Jhacnini Torres Abog. Alejandro Boscán
En esta misma fecha se publicó la presente decisión.-
El Secretario
Abog. Alejandro Boscán
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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