REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (8) de noviembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º

EXPEDIENTE N°: AP21-S-2006-002863.

PARTE ACTORA: JORGE ASENCION DELGADO MEJIAS, venezolano, mayor de edad, de profesión abogada, titular de la cédula de identidad N° V-7.911.833, de este domicilio.

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO.

PARTE DEMANDADA: ADMINISTRADORA TRESOR, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N°56, Tomo 20-A-Cto, de fecha 5 de abril de 2006.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: HERMENEGIRDO RAMON GONZALEZ PULIDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 88.594.

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.-


Inicia el presente procedimiento, solicitud que por Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos, interpusiera el ciudadano, JORGE ASENCION DELGADO MEJIAS, venezolano, mayor de edad, de profesión abogada, titular de la cédula de identidad N° V-7.911.833, de este domicilio, en fecha 29 de septiembre de 2006; la cual una vez distribuida, conforme al Sistema Juris 2000, establecido a tales efectos, fue recibida en fecha 3 de octubre de 2006, por el Juzgado Trigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo, y admitida en fecha 9 de octubre de 2006; quién en el auto respectivo ordenó mediante cartel, la notificación de la demandada ADMINISTRADORA TRESOR, C.A., en la persona de la ciudadana María Antonio De Falco, en su carácter de Administradora, de la demandada, para que aquella compareciera a la audiencia preliminar. En esa misma fecha se libro oficio.

Practicada la notificación de la demandada, en fecha 17 de octubre de 2006, por el Alguacil del Tribunal, ciudadano NELSON ABACHE, en los términos señalados en la diligencia de fecha 18 de octubre de 2006, la cual riela al folio 7; y certificado dicho acto por el Secretario del Tribunal, en fecha 25 de octubre de 2006, tuvo lugar la audiencia preliminar, hoy siete (7) de noviembre de 2006, a las 11:00 a.m., y previo anuncio del acto por el Alguacil del Tribunal, comparecieron el abogado HERMENEGIRDO RAMON GONZALEZ PULIDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 88.594, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, ADMINISTRADORA TRESOR, C.A., antes identificada. Acto seguido el Tribunal dejó constancia de la incomparecencia a la audiencia de la parte actora, JORGE ASENCION DELGADO MEJIAS, venezolano, mayor de edad, de profesión abogada, titular de la cédula de identidad N° V-7.911.833, de este domicilio, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno.

Por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196 ° y 147°.
La Juez El Secretario

Abog. Jhacnini Torres Abog. Alejandro Boscán


En esta misma fecha se publicó la presente decisión.-

El Secretario

Abog. Alejandro Boscán


“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”