REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 13 de noviembre de 2006
Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación

Analizada como ha sido la diligencia de fecha 26 de octubre del año en curso, así como el escrito libelar que encabeza las presentes actuaciones y los recaudos anexos, especialmente la constancia de sueldo del obligado que cursa al folio 26 del presente asunto, esta Sala de Juicio Novena, en aras del Interés Superior de la adolescente (...), de doce años de edad, y a fin de garantizarle el disfrute pleno y efectivo de su derecho a gozar de un nivel de vida adecuado y gozar de una obligación alimentaria acorde a sus necesidades básicas, que ha de ser suministrada por su progenitor no guardador, en virtud de que consta a los autos la capacidad económica del ciudadano JOSE ENRIQUE VERDU ABELLO, demandado en la presente causa,