REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Visto el escrito presentado por el ciudadano JONATHAN MERO, Defensor 157 del Municipio Libertador, actuando en nombre y representación de los niños XXXXXXXXXXXXX, de diez (10) y seis (06) años de edad, así como el acta convenio suscrito por los ciudadanos ELIANA DEL VALLE RODRIGUEZ TORRES y JHONATAN ALEXANDER HIDALGO RIERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 11.604.352 y 12.093.358, respectivamente, cursante en el folio cuatro (04) del presente expediente, relativo al Régimen de Visitas, a favor de los niños XXXXXXXXXXXX; SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO.