REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 16 de noviembre de 2.006.
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-018341.
Vista la aceptación al cargo de Curador Especial hecha por la ciudadana GLADYS BRICEÑO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.566.037, este Tribunal Unipersonal No. XII, de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona de la ciudadana GLADYS BRICEÑO DE GONZALEZ, antes identificada, el Cargo de CURADOR ESPECIAL, de la adolescente cuyo nombre se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Lopna, de 12 años de edad. Expídase por Secretaría copias certificadas del presente auto con inserción del acta que antecede, del auto donde se le nombra como curador Especial y del escrito de solicitud, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado
La Juez
Sara e. Guardia Soto La Secretaria
Alicia Guzmán Vidal.
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