REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, de de 2006.-
Años, 196° y 147°
Sentencia Definitiva
Expediente Nº 24.089.
PARTE ACTORA: INVERSIONES 29-17, C.A., Sociedad Mercantil, domiciliada en Caracas, e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 08 de mayo de 1978, bajo el N°. 38, tomo 45-A.
APODERADO JUDICIAL: LEONARDO JOSE VILORIA GONZALEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el N°. 27.385.
PARTE DEMANDADA: ARMANDO JOSE CARRASQUEL DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°s V.-3.956.895.
ABOGADA ASISTENTE: ROSAURA LUCERO, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N°. 81.878.
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO (TRANSACCIÓN).
- I -
Visto la diligencia que antecede, mediante la cual consigna escrito suscrito por una parte el ciudadano LEONARDO JOSE VILORIA GONZALEZ, supra identificado, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora INVERSIONES 29-17, C.A., antes identificada, y por la otra el ciudadano ARMANDO JOSE CARRASQUEL DIAZ, anteriormente identificado, parte demandada, debidamente asistido por la abogada ROSAURA LUCERO, antes identificada, por medio de la cual solicitan la homologación de la transacción judicial celebrada entre las mencionadas partes, este tribunal a los fines de proveer observa:
Conoce este Órgano Jurisdiccional de la demanda que por Resolución de Contrato interpusiera el ciudadano LEONARDO JOSE VILORIA GONZALEZ, antes identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el ciudadano ARMANDO JOSE CARRASQUEL DIAZ, supra identificados, y que en fecha 06 de marzo de 2006, fue admitida ordenándose el emplazamiento de la parte demandada ciudadano ARMANDO JOSE CARRASQUEL DIAZ, antes identificado.
En fecha 05 de junio de 2006, este Juzgado libro Boleta de Citación a la parte demandada.
En fecha 28 de junio de 2006, comparece por ante este Juzgado la ciudadana ROSA LAMON, Alguacil Titular de este Despacho, la cual, consigna diligencia indicando la imposibilidad de realizar la citación personal del demandado.
En fecha 28 de junio de 2006, comparece por ante este Juzgado el ciudadano LEONARDO JOSE VILORIA GONZALEZ, antes identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita a este Tribunal se sirva librar Cartel de Citación al demandado.
En fecha 12 de julio de 2006, este Tribunal acuerda librar Cartel de Citación a la parte demandada, y que en esa misma fecha fue librado.
- II -
Ahora bien, vista la TRANSACCIÓN celebrada por una parte el ciudadano LEONARDO JOSE VILORIA GONZALEZ, supra identificado, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora INVERSIONES 29-17, C.A., antes identificada, y por la otra el ciudadano ARMANDO JOSE CARRASQUEL DIAZ, anteriormente identificado, parte demandada, debidamente asistido por la abogada ROSAURA LUCERO, antes identificada. Este Tribunal por cuanto las partes están debidamente identificadas en la referida transacción y tienen plena facultad para realizar dicho trámite, es por lo que este Juzgado a tenor de lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil Homologa la referida transacción en los mismos términos y condiciones allí establecidos, en consecuencia se acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Y ASÍ SE DECIDE.
Asimismo, se ordena expedir por secretaria dos (2) copias certificadas de la presente Transacción, así como, del presente auto que la homologa todo ello de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. .-
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los días del mes de de 2006. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZ

Dra. ANGELINA M GARCÍA HERNÁNDEZ.
LA SECRETARIA Acc.


KELYN CONTRERAS







Exp. No. 24.089
AMGH/KC/Dct.-