REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, _____ de ______________ del 2.006
Años 196° y 147°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y las testimoniales evacuadas al efecto, este Tribunal ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones a favor de la ciudadana NELLY JUDITH GARCIA SANDOVAL, HEREDERA del ciudadano JUAN CARLOS NAVA GARCIA, quien en vida fue titular de la cedula de identidad N° V- 6.437.491, dejando a salvo el derecho del ciudadano DAVID JULIO NAVA MOYA (padre del difunto), y los derechos de los terceros. Entréguese copias certificada de las presentes actuaciones al solicitante, previa certificación por Secretaria de conformidad con lo establecido en el artículo 112 ejusdem.-
LA JUEZ TITULAR
DRA. ANGELINA M. GARCIA H..-
LA SECRETARIA, ACC.
KELYN CONTRERAS.
Exp. S- 8031
AMGH/KC/laura.-
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