REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Miércoles ocho (08) de Noviembre del año dos mil seis (2.006), siendo las nueve de la mañana (9:00 am), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Aurimar Flores Madera; del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado Leobardo Subero, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 53.042; y de una comisión de la Policía Metropolitana al mando del Cabo Primero, 4704, Freddy Oswaldo Meneses C; identificado con la cédula de identidad N° 9.999.423; adscrito a la Sub-comisaría San Bernardino, Zona 6; en la siguiente dirección: Apartamento distinguido con el Número y letra 4-A, situado en el piso 4, ángulo suroeste del Edificio Residencias BEA, ubicado en la Avenida Soublette, Manzana PF, Urbanización San Bernardino del Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de practicar la medida de Secuestro, decretada y ordenada por el Juzgado Duodécimo de Municipio de ésta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por Resolución de Contrato, sigue Carlos Ametller Sola, contra Deysi Elena Pinzón Cavalieri, expediente N° AN3C-X-2006-0024.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley; sin ser atendido su llamado por persona alguna.- En éste estado el Apoderado Actor, expone: “Por cuanto no se encuentra, persona alguna en el inmueble que permita su acceso, solicito del Tribunal designe cerrajero para que abra las puertas a fines de materializar la medida”.- Es Todo.- Vista la solicitud el Tribunal designa cerrajero al ciudadano: Edwin Esmeral Cúpido; Venezolano, mayor de edad e identificado con la cédula de identidad N° 16.032.621; quien estando presente en el acto aceptó el cargo y prestó juramento de ley; procediendo de seguidas a abrir las puertas del inmueble, utilizando medios mecánicos para ello.- Abiertas las puertas por parte del cerrajero designado, en el interior del inmueble el Tribunal deja constancia que no se encontró persona alguna, solo la existencia de bienes muebles.- En este estado el Apoderado Actor expone: “Informo al Tribunal que procedí a comunicarme vía telefónica a través del número 0412-588.48.86, con la ciudadana, demandada Deysi Elena Pinzón Cavalieri; quien me indicó que que se haría presente en el acto o en su efecto su mamá, que habita el inmueble junto con ella, y se hará responsables de los bienes muebles encontrado en el apartamento”.- Es todo.- Vista la exposición del Apoderado Actor, el Tribunal acuerda conceder un lapso, a los fines de que se haga presente en el acto la demandada.- En éste estado se hace presente en el acto la ciudadana: Deysi Elena Pinzón Cavalieri, Venezolana, mayor de edad, e identificada con la cédula de identidad N° 11.165.834; quien fué notificada de la misión del Tribunal permitiéndole el despacho para su lectura; y manifestó adeudar cánones de arrendamiento, y que todos los bienes muebles los trasladaría bajo su riesgo y responsabilidad a la Avenida Victoria, El Helicoide.- Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada, declara Secuestrado el Apartamento distinguido con el número y letra 4-A, situado en el piso 4, ángulo suroeste del Edificio Residencias BEA, ubicado en la Avenida Soublette, Manzana PF, Urbanización San Bernardino del Municipio Libertador del Distrito Capital; y lo coloca en posesión de la Parte Actora, en la persona de su Apoderado Judicial, Abogado Leobardo Subero, antes identificado; Depositario del Inmueble designado por el comitente, quien estando presente en el acto aceptó el cargo y prestó juramento de ley; tomando posesión del inmueble en nombre de su representado.- Cumplida la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto siendo las 2:30 p.m. Termino; se leyó y conformes firman.
La Juez Titular
El Demandado
El Apoderado Actor


El Cerrajero

El Funcionario De La
P.M

La Secretaria
Exp Int: 1631-06.
MCCM/AFM/Johnny