REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, treinta (30) de noviembre de 2006.
Años 196º y 147º
Vista la diligencia suscrita en fecha veintisiete (27) de los corrientes, por la abogada Naomi Nataly González Bacallado, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.771, apoderada judicial de la parte actora ciudadana Alicia M. Blanco de Zurita, mediante la cual se dio por notificada de la sentencia emitida por este Tribunal en fecha 19 de octubre de 2006, y asimismo, solicitó la notificación de la referida sentencia a la parte demandada ciudadano Orlando Zurita. Este tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se ordena la notificación del ciudadano Orlando Zurita, mediante boleta, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.-
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS DOMINGO MATA.
VGJ/RM/Marielis
Exp: 9324
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 30 DE NOVIEMBRE DE 2006
Años 196° Y 147°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano ORLANDO ZURITA, titular de la cédula de identidad V-3.143.228, o a sus apoderados judiciales abogados ELIO OMAR PEÑA GAMBOA y ALEXIS MARIN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 37.000 y 81.937, respectivamente; parte demandada en el juicio que por PENSIÓN DE ALIMENTOS sigue la ciudadana ALICIA MARIA BLANCO DE ZURITA, sustanciado en el expediente signado con el número 9324, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 19 de octubre de 2006.-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
ELL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
FIRMA:________FECHA:________HORA:_________
VGJ/RM/Marielis
Exp: 9324