REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN N° 2
Maracay, 03 de Noviembre de 2006
196° Y 147°
CAUSA N° 2E-482-05
JUEZ: ABG. BETTY AMARO DE CANCINE
SECRETARIA: ABG. AIDA PARRAGA
PENADO: NESTOR MANUEL MATOS BORGES
VÍCTIMA: ESTEBAN RAMON BLANCO
DELITO: ROBO GENERICO EN GRADO DE FRUSTRACION
PENA: UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y VEINTICUATRO (24)
DIAS DE PRESIDIO
PROCEDENCIA: TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
DECISIÓN: CUMPLIMIENTO DE PENA.-
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Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua para decidir sobre el cumplimiento de pena del penado NESTRO MANUEL MATOS BORGES, a quien se le sigue causa signada con el número 2E-482-05, OBSERVA:
PRIMERO: El Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23-02-2.005, condenó al Penado: NESTOR MANUEL MATOS BORGES, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.163.285, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 457 en concordancia con el artículo 82 ambos del Código Penal.-
SEGUNDO: Al Penado de autos le fue otorgado el Beneficio de Libertad Condicional en fecha 14-07-05 hasta el día 27-09-2.006, fecha en que cumplió con la pena impuesta, igualmente corre inserto al folio ciento dos (102) de la presente causa, Constancia de Finalización de Régimen de Pruebas suscrita por la Lic. IRIS TOVAR Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario de Aragua y el ABG. LIDIS MOLINA Delegado de Pruebas.
TERCERO: Ahora bien; observa este Juzgador que el penado ut-supra mencionado, cumplió con la pena que le fue impuesta en fecha 27-09-2.006, quedando pendiente la sujeción a la vigilancia por una cuarta parte del tiempo de la condena desde que esta termine de conformidad con en el artículo 13 del Código Penal, vale decir hasta el día 10-03-2.007.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 2 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIDA LA PENA del Ciudadano NESTOR MANUEL MATOS BORGES, titular de la cédula de identidad N° V- 18.165.283, quien es Venezolano, natural de Turmero, Estado Aragua, nacido en fecha 23-08-86, de 20 años de edad, estado civil soltero, Obrero, Barrio Rosario de Paya, Sector 1° de mayo Calle Chacao N° 7, Maracay Edo. Aragua, de conformidad con lo establecido con los artículos 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el articulo 105 del Código Penal. Remítase ejemplar de la presente decisión al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales y al Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese al Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Aragua, al Defensor y al penado de autos de esta Decisión. Remítase en su oportunidad al Archivo Regional del Estado Aragua. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. BETTY AMARO DE CANCINE
LA SECRETARIA
ABG. AIDA PARRAGA
BAC/ajlm
CAUSA N° 2E-482-05
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