REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TRIGESIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN

ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-001506
PARTE ACTORA: JHON CARLO MENDEZ MARFIL
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: IVETT ADELAIDA MANOSALVA
PARTE DEMANDADA: ATENTO VENEZUELA
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: WANDY VIOLETA GURRERO
ASUNTO: ESTABILIDAD LABORAL


Hoy, 13 de noviembre de 2006 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano JHON CARLO MENDEZ MARFIL, parte actora plenamente identificado en autos, la ciudadana IVETT ADELAIDA MANOSALVA, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 117.250, en su carácter de apoderada de la parte actora, por una parte, y por la otra, la ciudadana WANDY VIOLETA GURRERO, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 102.968, en cu carácter de apoderada de la empresa accionada, dándose así inicio a la audiencia. En este estado la parte Demandada expone: ratifica el despido del hoy Demandante efectuado en fecha 25/05/2006, en tal sentido pone a disposición de la parte Actora cheque del Banco Provincial N° 00107201, Cuenta N° 0108-0581-33-0100015188, por la suma de CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 4.193.744,38), cantidad que corresponde por los siguientes conceptos: prestación de antigüedad, complemento de antigüedad, indemnización art. 125, preaviso, vacaciones fraccionadas, bono vacacional, utilidades fraccionadas, días pendientes, , días feriados, bono mensual. A tales efectos la representación demandada consigna en este acto copia simple del mencionado cheque y Solicita, asimismo la apertura de la cuenta de ahorro a nombre del accionante, con la finalidad de hacer efectivo el depósito de los referidos cheques. Es todo. Vista la persistencia en el despido con la respectiva consignación de los salarios caídos, este Juzgado la Homologa, ordenando oficiar a la Unidad de Consignaciones de estos Juzgados del Trabajo para que se proceda a la apertura de la cuenta de ahorro a nombre del trabajador demandante. De igual manera, se fija para el día jueves 16 de noviembre de 2006, a las 2:00 pm, para que la parte actora manifieste su conformidad o no con los montos consignados, en consecuencia se da por terminada la audiencia preliminar. Se deja constancia que fueron entregados al actor en este mismo acto lo siguiente: Constancia de Trabajo, constancia de cotización de LPH, forma 14-03 y cálculos de liquidación.

EL JUEZ

Juan Carlos Medina Cubillan



El Actor


La Apoderada Actor





La Apoderada demandada





LA SECRETARIA




2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”