REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE TERCERO DE EJECUCION

Maracay, 17 de Noviembre de 2006
196° y 147°


Visto el escrito presentado por la penada LUGO RAMONES ALCIRA, titular de la Cédula de Identidad N° 4.677.375, recibido en este Tribunal en fecha 16-11-2005, mediante el cual solicita se le otorgue un permiso navideño por fechas decembrinas, para estar con sus hijos y demás familiares, comprendido desde el día 20-12-2.006 hasta el 05-01-2.007, en la siguiente dirección BARRIO LAS FLORES, CELLE LOS ALPES, CASA N° 12, SAN MATEO, ESTADO ARAGUA, este Tribunal, por estimarlo procedente y necesario, acuerda otorgar el permiso solicitado desde el día VIERNES 22-12-2.006 hasta el día MARTES 02-01-2.007 debiendo reincorporarse al Centro Penitenciario de Aragua el día Miércoles 03-01-2.007. En consecuencia, se ordena informar a la Directora del Anexo Femenino del Centro Penitenciario de Aragua, al Director del mismo Centro, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Aragua y librar Boletas de Notificación a las partes. Ofíciese. Notifíquese. Diarícese. Cúmplase.
EL JUEZ,

ABG. ALFREDO GERMAN BAPTISTA OVIEDO.-
LA SECRETARIA,

ABG. MARLENE OBREGÓN.

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA,

ABG. MARLENE OBREGÓN

CAUSA 3E-0040/01
AGBO/mary.-