REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-


SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE N° 06-13.499

PARTES: MIGUEL ÁNGEL REYES GONZALEZ y TERESA DE JESÚS CALDERON TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.907.567 y V-16.692.173 respectivamente.

ABOGADA ASISTENTE: CARMEN GLORIA ARMAS CAMACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 94.520.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A.

- I –

En fecha 28 de Septiembre de 2.006, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL REYES GONZALEZ y TERESA DE JESÚS CALDERON TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-13.907.567 y V-16.692.173 respectivamente, asistidos por la Abogada CARMEN GLORIA ARMAS CAMACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 94.520, y solicitaron el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando que desde hace más de Cinco (05) años se encuentran separados y no han hecho vida en común desde entonces, cesando toda vinculación personal entre ellos. En dicha unión matrimonial no procrearon hijo alguno y no adquirieron Bienes.

Admitida la solicitud en fecha 04 de octubre de 2.005 se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público.

En fecha 09 de octubre de 2.006, el Alguacil de este Tribunal consignó Boleta de Notificación debidamente firmada y sellada por el Fiscal Superior del Ministerio Publico de este Circunscripción Judicial, quien compareció en fecha 31 de octubre de 2.006, y no hizo objeción alguna al Divorcio solicitado

De la revisión de las Actas que conforman el presente expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sin que hubiera existido entre los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL REYES GONZALEZ y TERESA DE JESÚS CALDERON TOVAR, reconciliación alguna resultando procedente el Divorcio por ellos solicitado y Así se decide.

- I I -
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL REYES GONZALEZ y TERESA DE JESÚS CALDERON TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.907.567 y V-16.692.173 respectivamente. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua, en fecha 13 de octubre de 2.000, quedando registrado bajo el Nº 44, Tomo 01, folio 91 Fte. y 92 Vto., de los Libros de Registro Civil respectivos, correspondiente al año 2.000.

Este Tribunal deja constancia de que no procrearon hijos ni adquirieron bienes.

Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Cagua, a los Dos (02) días del mes de Noviembre de Dos mil seis (2.006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL


Dra. ENEIDA VÁSQUEZ de ALCALÁ


EL SECRETARIO


Abg. CAMILO CHACÓN HERRERA

En esta misma fecha, siendo las 10:19 a.m., se publicó y registró la anterior Sentencia.

EL SECRETARIO




EXP. 06-13.499
EVdA/cechh/jbgm.-