REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


Cagua, 21 de Noviembre de 2006
196° y 147°


Vista la diligencia que antecede, suscrita por la abogada ISABEL RIVERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.027, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JESUS MANUEL RIVERA DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.867.880, parte Actora del presente procedimiento, mediante la cual CONVIENE y acepta el ofrecimiento de pago interpuesto en el presente juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por la empresa PRAXAIR VENEZUELA, S.C.A., en fecha 02-10-2006. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION y ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.- Cúmplase.-

LA JUEZ TEMPORAL,

DRA. ENEIDA VASQUEZ DE ALCALA
EL SECRETARIO,

ABG. CAMILO CHACON HERRERA

EXP. N° 02-10915
B.