REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ANGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CAGUA


Cagua, Quince (15) de Noviembre de 2006.
196º y 147º

EXPEDIENTE: 01-2994.
PARTE ACTORA: CARMEN ROSA MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.6.464.226.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: VICTOR JULIO MARQUEZ, Inpreabogado N° 68.779
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS J.R.BRAVO C.A, en la persona de su Presidente JOSE RAFAEL BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No:5.981.183.
MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO.-
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

I
El presente procedimiento se inicia mediante libelo de demanda interpuesto por el Abogado Victor Julio Julio Márquez, Inpreabogado N° 68.779, Apoderado Judicial de la ciudadana Carmen Rosa Machado, titular de la cedula de identidad N°.6.464.226, mediante el cual demandó por Resolución de Contrato, a la empresa Servicios y Mantenimientos J.R Bravo C.A, en la persona de su Presidente ciudadano: Jose Rafael Bravo, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.981.183, de este domicilio.-
En fecha 23 de Noviembre de 2001, este Tribunal admitió la demanda y ordenó el emplazamiento del demandado, para que compareciera dentro del lapso de Ley a dar contestación a la demanda. Se libró la respectiva compulsa y vistas y analizadas las actuaciones que conforman el presente expediente este Tribunal observa que quien aquí suscribe se aboco al conocimiento de la presente causa en fecha 07 de Noviembre de 2.005, ordenando como consecuencia la notificación de las partes, sin que hasta la presente fecha conste en autos que las partes realizara diligencia alguna para procurar la continuación del procedimiento, estando paralizada el mismo desde el día 07 de Noviembre de 2005, habiendo transcurrido más de un año desde la fecha en comento, y evidenciándose igualmente que la ultima intervención de las partes fue en fecha 04 de Julio de 2005,