En el día de hoy, veintisiete de Noviembre de Dos mil seis, siendo las 9:50 de la mañana, se traslado y constituyo el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en compañía de la parte accionante ciudadano ANGEL PARAMOCONI LEAL , titular de la Cedula de Identidad N° V-7.190.538, debidamente asistido por la ABOGADO MARIBEL APONTE, titular de Cedula de Identidad N° 8.997.712, Inpreabogado N° 67.763, a la sede de la SOCIEDAD MERCANTIL TERMIMAR C.A., siendo atendido por una persona que se identifico como CORREA VILLANUEVA DORIS ALEJANDRINA, titular de la Cedula de Identidad N° 12.338.897, quien al ser notificada de la misión del Tribunal ser jefe de recursos humanos y que el presidente encargo de la SOCIEDAD MERCANTIL TERMIMAR C.A., es el ciudadano JUAN CARLOS RODRIGUEZ, ya que el señor VICTOR YANEZ CARRILLO no es el Presidente. De inmediato visto lo manifestado por la ciudadana notificada, el Tribunal le notifica que a partir de este momento el ciudadano ANGEL PARAMACONI LEAL, titular de la Cedula de Identidad N° V-7.190.538, queda incorporado al cargo de Controlador de Pista y que le deben ser cancelados los salarios caídos, desde 15/09/2004 hasta la presente fecha, que no puede ser desmejorado en sus condiciones de trabajo, manteniéndole los beneficios laborales que hubiere lugar. Se le advierte a la SOCIEDAD MERCANTIL TERMINAR C.A, que cualquier forma de resistencia o incumplimiento de la decisión dictada por el Juzgado Superior Accidental en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, podrá generar responsabilidades a cuyo efecto ese Juzgado realizara lo conducente para que los órganos competentes promuevan acciones a que haga lugar, todo a los fines de garantizar la Tutela Judicial efectiva del ciudadano accionante, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. En este estado el ciudadano ANGEL PARAMOCONI LEAL, titular de la Cedula de Identidad N° V-7.190.538, debidamente asistido por la ABOGADO MARIBEL APONTE, Inpreabogado N° 67.763 EXPONE: Consigno copia simple de recibo de pago, de fecha 28-02-2004, con ficha 7190538, donde se evidencia que el cargo que ocupaba mi representado es de Supervisor y no de Controlador de Pista, como se señala en la comisión, es Todo. El Tribunal visto lo expuesto anteriormente, da por recibida la copia simple consignada y ordena agregar a sus autos respectivos.
De inmediato la ciudadana notificada; CORREA DORIS ALEJANDRINA expone: por instrucción vía telefónica por el ciudadano presidente encargado de la SOCIEDAD MERCANTIL TERMINAR C.A, se acepta la reincorporación del ciudadano ANGEL LEAL al cargo de Supervisor, a partir de hoy, a las 2:00 de la tarde hasta las 10:00 de la noche, según esquema de guardia. Se asume que en relación a los salarios caídos, quedaran presupuestados para el año 2007, en virtud de que ya esta agotado el presupuesto del año 2006, es todo. Cumplida su misión, el Tribunal ordena su regreso a su sede habitual siendo las 12:00 del medio día. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA


Abg. EUMELIA VELASQUEZ M.

EL ACCIONANTE Y SU ABOGADA


LA SECRETARIA


Abg. LIGIA FALCON
LA NOTIFICADA



Com. 132-06
EVM/n.c