REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, veinticuatro de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: DP11-L-2006-000780
ACTA

PARTE ACTORA: MANUEL ARGUELLO, ROBINSON ARAUJO, Y WILLIAM PÉREZ , titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 16.128.998, 3.434.107 y 11.588.840 respectivamente (NO COMPARECIERON)

PARTE DEMANDADA: INVERSIONES SABENPE C.A.. (NO COMPARECIO)

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Viernes 24 de Noviembre de 2006, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, anunciándose previamente el acto por parte del Ciudadano Alguacil; SE DEJA CONSTANCIA DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA Y DEMANDADA a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196° de Independencia y 147° de la Federación. Dándose por cerrado el acto a las 102:20 p.m.a.m. de hoy 06 de Enero de 2007. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,


Dra. ÁNGELA MORANA GONZÁLEZ
El Secretario,


Abg. HAROLYS PAREDES.
AMG/HP/yelim