En el día hábil de hoy lunes, 27 de Noviembre del dos mil seis (2006), siendo las 11:45 a.m., comparecen la Apoderada Judicial de la parte actora, supra identificada y el Abogado GABRIEL ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 78.623, quien presenta en este acto instrumento poder en original que acredita su representación ad effectum videndi, quienes exponen: Ambas partes solicitan a la Ciudadana Juez, la celebración de la audiencia preliminar en el presente asunto para lo cual renuncian al término de la comparecencia.- En este estado, la Ciudadana Juez acordó en conformidad lo solicitado por las partes y declaró abierto el acto dando inicio a la mediación.- En este estado ambas partes exponen: Que han decido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo cancelando a la parte actora la suma de Bs. 3.864.004,oo por todos y cada uno de los conceptos por Diferencia de Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales demandados con ocasión a la terminación de la relación de trabajo que existió entre las partes; suma esta de dinero para ser cancelada en una sola y única cuota el día 8 de Diciembre de 2006 ante este Tribunal a las 10:00 a.m. y la parte demandante acepta para su representada dicho ofrecimiento, manifestando en nombre y representación de la parte actora, que con el pago aquí ha consignar, la demandada no queda nada que deberle a este por concepto de Prestaciones Sociales, ni por ningún otro consecuencia del cese de la relación laboral que existió entre las partes.