Hoy, miércoles, cuatro (04) de 0ctubre de 2006, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) día y hora fijado, para que tenga lugar PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto. Se deja expresa constancia que comparece por la parte actora la trabajadora CARLA JACKELINE TORRES CARRILLO, VENEZOLANA C.I. V- 11.183.196 y su apoderada judicial ABG. GRISELYS RIVAS, INPREABOGADO NRO. 44.131y por la parte demandada la apoderado judicial ABG. GLADYS JACQUELINE USECHE RODRIGUEZ, INPREABOGADO NRO. 43.147, quienes exponen: La parte demandada expresa que con el fin de dar fin a un litigio futuro, y haciendo uso de los medios de auto composición procesal, mi representada ofrece la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.587.600,00) monto este que incluyen el pago del beneficio previsto en la anterior Ley Programa de Alimentación de los Trabajadores hoy Ley de Alimentación de los Trabajadores, beneficio este al cual se hizo acreedora la parte actora desde el mes de octubre del año 2003 hasta el mes de enero del 2005, ambos inclusive hago entrega en este acto de cheque no endosable girado contra el Banco CORP BANCA, C.A, de fecha 04 de octubre de 2006, Nro. 77768866, por la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.587.600,00) a nombre de la trabajadora CARLA JACKELINE TORRES CARRILLO, supra identificada. La parte demandante, la trabajadora CARLA JACKELINE TORRES CARRILLO, VENEZOLANA C.I. V- 11.183.196 y su apoderada judicial ABG. GRISELYS RIVAS, INPREABOGADO NRO. 44.131, declaran que visto el ofrecimiento por parte de la demandada, de acuerdo con los términos expuestos, acepta dicho ofrecimiento. Las partes solicitamos del Tribunal que imparta la HOMOLOGACION al presente convenimiento, en virtud de que el mismo no menoscaba los derechos laborales del trabajador, dando por terminado el presente juicio, y solicitan que ordene el cierre y archivo del expediente.