Hoy, diecisiete (17) de octubre de 2006, compareció a este Juzgado por la parte actora, el apoderado judicial ciudadano abogado ANTONIO GAMBOA, Inpreabogado Nº 71.326 y por la parte demandada compareció el apoderado judicial abogado JESUS RODRIGUEZ, Inpreabogado Nº 24.190. En este estado la ciudadana Jueza declaró abierto el acto y propone soluciones a las partes, argumentando sobre la generosidad e importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos, tales como la conciliación, mediación y el arbitraje, figuras consagrados en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de obtener resultados satisfactorio para los contendiente y evitar un futuro litigio. En este estado vista la mediación de la ciudadana Jueza, las partes han decidido celebrar transacción que ponga fin al presente procedimiento, a los fines y efectos contenidos en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 9 y 10 del Reglamento de la referida Ley y las disposiciones relativas a la transacción previstas en los artículos 1.713 y siguientes del Código Civil, la cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: La parte demandada, en este caso en particular, ofrece como cifra única, total y definitiva para terminar este proceso, la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.3.800.000,oo ), por concepto de pago de Prestaciones Sociales, antigüedad (Bs.645.000,oo), vacaciones y bono vacacional (Bs. 256.000,oo) utilidades (Bs. 168.000,oo), salarios caídos (Bs. 1.802.250,oo), salario retenido (Bs.139.725,oo), indemnizaciones establecidas en el artículo 125 de la LOT (Bs.789.000,oo), intereses moratorios, mediante cheque personal, el cual será consignado por ante este Juzgado, en fecha 20 de octubre de 2006. SEGUNDA: En este estado el ciudadano ANTONIO AMBOA, arriba identificado, apoderado de la parte actora, declara que esta en un todo conforme con el ofrecimiento formulado por la parte demandada en los términos y condiciones anteriormente expuestos. TERCERO: Ambas partes solicitan la homologación de la presente transacción y el archivo del expediente, toda vez que consta en autos el total cumplimiento de la misma.