PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución

Maturín, 19 de octubre de 2006.
196° y 147°

ASUNTO PRINCIPAL : NL01-P-1999-000015

ASUNTO : NL01-P-1999-000015

AUTO ACORDANDO MANTENER PERMISO EXTRAORDINARIO.

Revisado y analizado el informe suscrito por los miembros del Consejo de Evaluación adscritos al Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda”, fechado 13-10-2006, el cual fue remitido a este juzgado mediante comunicación signada con la nomenclatura C.T.C.571-06 de fecha 16-10-2006, suscrita por la directora de dicho organismo, donde solicitan mantener al penado residente Juan de Jesús Cabello Durán bajo la modalidad de Permiso Extraordinario, en función de los progresos conductuales y a la estabilidad en el área laboral y familiar, y debido a lo oneroso del gasto de movilización desde su habitación hasta el referido Centro de Tratamiento Comunitario, le sea extendido el lapso de presentaciones cada quince (15 días; este órgano decisor para resolver lo planteado, estima necesario establecer previamente las consideraciones siguientes:

De la revisión dispensada a las actuaciones que conforman el expediente contentivo del presente asunto, se desprende que al penado Juan de Jesús Cabello Durán le fue concedido el aludido permiso en fecha 28-11-2000, siendo reiterada ulteriormente su ratificación por este órgano decisor, dada la progresividad que ha desplegado en el área laboral, social y familiar acorde con la formula alternativa de cumplimiento de la pena “El destino a establecimiento abierto” que actualmente disfruta; en consecuencia, no existiendo hasta la presente fecha causal alguna que impida al referido penado conservar la citada autorización, se acuerda mantener el Permiso Extraordinario en las mismas condiciones que le fue otorgado, salvo las presentaciones periódicas que deberá realizarlas los DÍAS MARTES CADA QUINCE (15) DÍAS, por ante la mencionada institución. Así se decide.

D I S P O S I T I V A
Con fuerza en las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: MANTENER el PERMISO EXTRAORDINARIO al penado residente JUAN DE JESÚS CABELLO DURÁN, debidamente identificado en el presente asunto, en las mismas condiciones en que le fue otorgado, salvo las presentaciones periódicas que deberá realizarlas los DÍAS MARTES CADA QUINCE (15) DÍAS, por ante la mencionada institución.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia certificada Hágase lo conducente. Cúmplase.

Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en Maturín, a los 19 días del mes de octubre de 2006. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ,

ABG. MANUEL ENRIQUE PADILLA.






LA (EL) SECRETARIA (O),

ABG.