REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROLITANA DE CARACAS
SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SEXTO DE CONTROL
JUEZ: DRA. LIZBETH KARIM LÜDERT SOTO
FISCAL (A) M.P. 116: DR. BENITO HERNAM PEINADO
DEFENSA PÚBLICA N° 04: DR. MARCO CIMINO
IMPUTADA: (NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE)
SECRETARIA: ABG. MIRIAN POMBO
“ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR”
En el día de hoy, TREINTA Y UNO (31) de Octubre de dos mil seis (2006), siendo las once y cinco (11:05) horas de la mañana, hora y día fijados por este Tribunal para que tenga lugar el acto de la audiencia preliminar, se constituye este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control Sección Responsabilidad Penal de Adolescentes, presidido por la Dra. LIZBETH KARIM LÜDERT SOTO, con la Secretaria Abog. MIRIAN POMBO, encontrándose presente la adolescente acusada (NOMBRE Y DATOS PERSONALES OMITIDOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), asistida por el defensor público Nº 4 Dr. MARCO CIMINO, así como el Representante del Ministerio Público, Dr. BENITO HERNAM PEINADO, quienes comparecen previa notificación. Seguidamente la ciudadana Secretaria verificó la comparecencia de las partes, posteriormente y siendo la oportunidad fijada para la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, la ciudadana Juez la declara abierta, y seguidamente pasa hacer la lectura de los Derechos y Garantías Constitucionales al adolescente supra citado explicándole el contenido de los artículos 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de los Artículos 80, 538, 541, 542, 543, 544, 545, 546, 548, 549 y 654 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, y del Artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal, que se refieren a los derechos y garantías constitucionales establecidas a los adolescentes que estén sujetos al Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Se le explicó al precitado adolescente e igualmente a las partes, las Instituciones que sobre las Fórmulas de Solución Anticipada prevé la ley in comento, así como el procedimiento sobre la Admisión de los Hechos, previsto en el Artículo 583 de la referida Ley. Igualmente se le hizo del conocimiento de las partes que esta AUDIENCIA PRELIMINAR no tiene carácter contradictorio y en ningún caso se permitirá que se debatan cuestiones propias del Juicio Oral. Acto seguido, el ciudadano Defensor Público Nº 04 solicitó el derecho de palabra, y expuso: “Solicito ciudadana Juez al Tribunal que sea suspendida la presente audiencia y sea citada la víctima de la presente causa, a los fines de que comparezca ante este Juzgado, con el objeto de agotar la formula de solución anticipada como lo es la conciliación. Es Todo”. La ciudadana Juez cedió el derecho de palabra al Fiscal Nº 116 del Ministerio Público DR. BENITO HERNAM PEINADO, quien seguidamente expuso: “Esta representación Fiscal no tiene ningún inconveniente en que la presente audiencia sea suspendida, luego de haber oído la exposición de la defensa. Es Todo.”Oídas como han sido las exposiciones del Ministerio Público y de la Defensa, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control Sección Responsabilidad Penal de Adolescentes de Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Suspender el acto de la audiencia preliminar para el día LUNES SEIS (06) DE NOVIEMBRE DE 2006 A LAS 10:30 HORAS DE LA MAÑANA. SEGUNDO: Citar a la ciudadana BRACHO ALCANTARA MARIA, en su carácter de víctima en la presente causa. TERCERO: Quedan debidamente notificadas las partes con la lectura y firma de la presente acta, de conformidad con lo establecido en el Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara concluida la audiencia siendo las once y quince (11:15) horas de la mañana. Terminó. Se leyó y conformes Firman.
LA JUEZ
DRA. DRA. LIZBETH KARIM LÜDERT SOTO .-
LA REPRESENTACIÓN FISCAL
DRA. ADRIANA GÓMEZ
EL ADOLESCENTE
(NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE)
EL DEFENSOR PÚBLICO Nº 04
DR. MARCO CIMINO
LA SECRETARIA
ABG. MIRIAM POMBO
EXP: 836-05
RHT/ JVB
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