REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 04 de Octubre de 2.006.
196° y 147°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2006-1001
DEMANDANTE: JUAN DOMINGO CUBERO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOG. NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y SUMINISTROS DE ORIENTE, ( S.S.O.)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIO
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy miércoles cuatro (04) de Octubre de 2006, siendo las 10:00 AM. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Calificación de Despido, le tiene incoado el ciudadano JUAN DOMINGO CUBERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.054.607, parte actora en esta causa,. Dando así inicio a la audiencia; En este estado el Tribunal deja expresa constancia de la no comparecencia a esta Audiencia, tanto de la parte demandante, como de la parte demandada, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
Siendo las 10:21 AM; se dio por terminada la presente Audiencia.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LAS PARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA,
EXP: NP11-L-2006-1001
RV/rv
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