Vista la INHIBICION inserta en autos, suscrita por la Abg. CARMEN CECILIA CORTEZ RIVERO, en su condición de Jueza Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, donde manifiesta:

“..., Quien suscribe la presente Abg. CARMEN CECILIA CORTEZ,...Juez de...Tercero de Juicio, Observa: UNICO: que en la causa seguida a los ciudadanos SALAZAR VICTOR ANTONIO, ALVAREZ DUGARTE CARLOS ALEXANDER, SERRANO GUZMÁN LUIS ARTURO, signada...N° 3M-628-06 y donde aparece como Victima los ciudadanos CORDERO JULIO CESAR, LUIS HUMBERTO MONROY Y OTROS, y donde...aparece como defensor del Ciudadano Alvarez Dugarte Carlos Alexander el Abg. SANTOS CARDOZO, y por cuanto ya en fecha 21-04-2006, La Corte de Apelaciones por decisión N° 1918 causa 1Aa-5871-06 Declara Con lugar la Inhibición propuesta por mi en la causa 3U-072-00 en virtud de aparecer el abogado Santos Cardozo como Defensor...,es por lo que...me inhibo de conocer la presente,...., toda vez que el incidente ocurrido con el abogado mencionado y yo en la oportunidad de desempeñarme como Juez Sexto...Control...me predispone para conocer como Juez la presente causa y todas las causa donde intervenga el mencionado profesional del derecho..., todo de conformidad con lo establecido en los artículos 86 ordinal 8vo, en concordancia con el 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal...”.

La Corte observa:
Ahora bien, esta Corte de Apelaciones a los fines de emitir su pronunciamiento en lo que respecta a la inhibición expresada por la Juez Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Abg CARMEN CECILIA CORTEZ RIVERO, observa que en efecto dicha Jueza tiene motivos suficientes que podrían afectar su imparcialidad al momento de tomar alguna decisión en la presente causa, por lo que entonces se encuentra incursa en causal de inhibición prevista en los artículos 86 numeral 8 en concordancia con el 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se ADMITE y DECLARA CON LUGAR, la inhibición expresada por la mencionada Jueza, por estar fundada en causal legal. Y así se decide.