REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
GADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.
Maracay, 18 DE Octubre de 2006.
195º y 147º
Exp. Nº. AC. 7030
Vista la diligencia estampada en fecha (16) de octubre de 2006, por el Ciudadano: JOSE GREGORIO LOPEZ, titular de la cédula de identidad número 10.631.843, debidamente asistido por la Ciudadana Abogada: NORMA REYES CEDEÑO, mediante la cual desiste de la Acción y del Procedimiento y en virtud del cumplimiento del pago de Salarios Caídos, solicita la homologación y archivo del presente expediente; este Tribunal Superior; en virtud del auto de fecha 02 de octubre de 2006, mediante el cual dio por desistida la acción y el procedimiento respecto a la Solicitud de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano José Gregorio López, contra la Sociedad Mercantil Fabrica de Mueble (INDUMUEBLE C.A.); en consecuencia, por cuanto el desistimiento formulado no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte la HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales en concordancia con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose el ARCHIVO del presente Expediente.
EL JUEZ SUPERIOR PROVISORIO,
DR. DOMINGO EFREN ZERPA NARANJO.
LA SECRETARIA,
ABOG. GLENDA DE LOS RIOS.
DEZN/marleny.
cc. archivo