REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.

Maracay, 25 de Octubre de 2006.
196° y 147°
Exp. N° CA-7421.
Visto el cómputo practicado por Secretaría, en el cual se hace constar, que han transcurrido 32 días consecutivos, contados a partir del día 22 de Septiembre de 2006, exclusive fecha esta en la cual se acordó expedir el Cartel de Citación hasta el día 24 de Octubre de 2006 inclusive.
Visto el contenido del auto de fecha 22 de Septiembre de 2006, mediante el cual este Tribunal acordó y expidió el Cartel de Citación, conforme a lo establecido en los Párrafos 12 y 13 del Artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se advirtió que el mismo, debería ser retirado, publicado y consignado dentro de los 30 días consecutivos siguientes a su expedición, y como quiera, que según cómputo practicado, se evidencia que ha vencido el referido lapso, sin que se haya verificado la debida consignación en autos del mismo; este Tribunal Superior, declara DESISTIDO EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto conjuntamente con Amparo cautelar, conforme a lo ordenado en el referido auto. Se ordena agregar a los autos formando folios útiles, el cartel de Citación, los Oficios signados con los Nros. 1403-06, 1404-06 y 1405-06 respectivamente, asimismo, se ordena Archivar el Expediente en su oportunidad. Notifíquese a la Parte Recurrente de la presente Decisión.
EL JUEZ SUPERIOR PROVISORIO,

DR. DOMINGO EFREN ZERPA NARANJO.
LA SECRETARIA,

ABOG. GLENDA DE LOS RIOS.
DEZN/Wendy.
Cc.archivo.