REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

GADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.
Maracay, 06 de octubre de 2006.
196° y 147º
Exp. Nº QF-7753.
Vista la diligencia estampada en fecha 03 de octubre de 2006, por el Ciudadano: Guillermo Eloy Guirados Alvarado, y la Ciudadana Abogada: Michelle Carolina Guirados Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.411, actuado en nombre de su padre y en el suyo propio, en su condición de accionante de la querella funcionarial, mediante la cual DESISTEN de la presente causa, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que en fecha 18 de septiembre de 2006, la Secretaría Sectorial de Educación, cumplió con la obligación de cancelarles el monto adeudado de las prestaciones sociales de su difunta madre, asimismo solicitan la devolución de los documentos originales consignados conjuntamente con la querella; este Tribunal Superior, ordena practicar el desglose de los documentos originales supra mencionados, previa sus certificaciones en autos, dejándose en sus lugares copias certificadas. Para la elaboración de los fotostátos que se han de certificar se designa al Ciudadano: Francisco Martínez, persona capaz y Alguacil Temporal de este Despacho, de conformidad con lo establecido en los Artículos 112 del Código de Procedimiento Civil y 120 de la Ley de Registro Público vigente, este último por analogía. Igualmente, da por DESISTIDO el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por los Ciudadanos: Michelly Carolina Guirados Hernández y Guillermo Eloy Guirados Alvarado, debidamente asistidos de Abogado, contra el Ejecutivo del Estado Aragua; en consecuencia, le imparte la HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado en el presente caso por analogía, ordenándose de igual manera, agregar a los autos formando folios útiles los Oficios números: 564-06 y 565-06, librados en fecha 17 de marzo de 2006 y el ARCHIVO del presente Expediente.
EL JUEZ SUPERIOR PROVISORIO,

DR. DOMINGO EFREN ZERPA NARANJO.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

YRIS C. CABALLERO.

En fecha ________________ y conforme esta ordenado en el auto anterior se practicó el desglose y se entregó lo solicitado a los peticionarios.
LA SECRETARIA,



DEZN/yaremi.
cc. archivo.
Exp. N° QF-7753.