REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciséis de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : AC22-R-2005-000271
PARTE ACTORA: FRANCISCO RAMON TOVAR, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°5.161.246.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: AURISTELA GARCIA y OTROS, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 68.193, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: PROVINCIAL DE SERVICIOS, C.A., sociedad mercantil, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal Y Estado Miranda, en fecha 13 de enero de 1975, bajo el Nº 102, tomo 13-C, modificados sus estatutos sociales, según consta de asientos inscritos por ante esa misma Oficina de Registro, en el día 15 de agosto de 1984, bajo el N° 78, Tomo 12-A-Pro, el día 19 de mayo de 1993, bajo el N° 55, Tomo 47 A y el día 16 de noviembre de 1995, bajo el N° 62, Tomo 351-A-Pro. .
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANA ISABEL FALCON, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 97.270.
Han subido a esta Superioridad las presentes actuaciones en virtud de la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 18 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Estando dentro del lapso legal correspondiente y celebrada como ha sido la audiencia oral en fecha 13 de octubre de 2006, pasa este Tribunal Superior a reproducir y a publicar en su integridad la decisión dictada en los siguientes términos:
Como quiera que en fecha trece (13) de octubre de dos mil seis (2006), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m), oportunidad fijada para que tuviera lugar la audiencia oral en el presente juicio, abierta la audiencia y presidido dicho acto por el Juez de Alzada, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante, asimismo compareció la abogada Ana Falcon Baralt inscrita en el inpreabogado bajo el N° 97.270, en su carácter de apoderada de la parte demandada, la cual consignó instrumento poder que acredita su representación. En tal sentido, este Juzgado Primero Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación intentado por el apoderado judicial de la parte actora contra la decisión de fecha 18 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda intentada por el ciudadano FRANCISCO RAMON ROVAR contra PROVINCIAL DE SERVICIOS C.A., todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia queda firme la decisión dictada por el A-quo antes señalada y se ordena la remisión del expediente al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, una vez que trascurra el lapso correspondiente. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de octubre de dos mil seis (2006). Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
EL JUEZ
MARCIAL MUNDARAY SILVA
LA SECRETARIA
EVA COTES MERCADO
NOTA: En esta fecha, se consignó, publicó y diarizó la presente decisión.
LA SECRETARIA
EVA COTES MERCADO
MMS/ECM/NVC
Exp. Nº AC22-R-2005-000271
|