REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Sala de Juicio IV
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-009056
Siendo la oportunidad para decidir, se declara “vistos” por el Juez de Sala IV, Emilio Ruiz Guía.
Motivo: Divorcio 185-A Código Civil.
Solicitantes: Carlos José Maneiro Jaramillos y Ernesta Del Valle Caraballo, venezolanos, respectivamente, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.870.563 y V-9.942.408, respectivamente.
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y vista la diligencia de fecha 05/10/2006, presentada por el ciudadano Carlos José Maneiro Jaramillos, identificado en autos, asistido por la abogado la Abogado Mirian Azuaje, inscrita en Inpreabogado bajo el Nº 52138, adscrita a la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita de la Dirección General de Justicia y Cultos del Ministerio de Interior y Justicia y los pedimentos en ella contenida, esta Sala de juicio ordena las correspondientes correcciones, subsanado así los errores cometidos en los folios 28 y 29 del expediente, en relación al segundo apellido de una de las partes, ciudadano Carlos José Maneiro Jaramillos y con respecto a la autoridad civil ante la cual se celebró el matrimonio; en el sentido de que se trascribió como segundo apellido del cónyuge JARAMILLO, siendo lo correcto JARAMILLOS; y se transcribió como parroquia ante la cual se celebro el matrimonio EL RECREO, siendo lo correcto EL VALLE. Quedando así subsanado el error cometido en la Sentencia emitida por esta Sala de Juicio IV en fecha 31/07/2006 del presente expediente. Téngase la presente como parte integrante de la precitada sentencia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 25 días del mes de octubre de 2006. Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
El Juez de Sala
Emilio Ruiz Guía El Secretario
José Alberto Totesaut
En esta misma fecha se registro y publico la anterior aclaratoria.
El Secretario
José Alberto Totesaut
ERG/JAT/
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